NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) 16 Arrendamientos

Esta norma se debe aplicar a periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019. Se permite la aplicación anticipada para entidades que apliquen la NIIF 15, Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes, antes de la fecha de aplicación inicial de la NIIF 16.

La NIIF 16 deroga: NIC17 Arrendamientos, CINIIF 4 Determinación de si un Acuerdo contiene un Arrendamiento, SIC-15 Arrendamientos Operativos-Incentivos y SIC-27 Evaluación de la Esencia de las Transacciones que adoptan la Forma Legal de un Arrendamiento.

Exclusiones del alcance:

  1. Arrendamientos para explorar o utilizar minerales, petróleo, gas natural y recursos similares no-regenerativos.
  2. Arrendamientos de activos biológicos retenidos por un arrendatario (dentro del alcance de la NIC 41 Agricultura).
  3. Acuerdos de Concesión de Servicios (dentro del alcance de los Acuerdos de Concesión de Servicios IFRIC12)
  4. Licencias de propiedad intelectual otorgadas por un arrendador (dentro del alcance de las IFRS15 Ingresos Procedentes de Ingresos de contratos con clientes).
  5. Derechos retenidos por un arrendatario bajo ciertos acuerdos de licencia.

Un arrendatario puede, pero no está obligado a aplicar la NIIF 16 a los arrendamientos de activos intangibles aparte de aquellos específicamente excluidos de su alcance.Alcance – Determinar si un acuerdo contiene un arrendamiento:   Un contrato, o parte de un contrato, que transmite el derecho a utilizar un activo (el activo subyacente) durante un período de tiempo a cambio de una contraprestación.  Ver la siguiente gráfica:

Contabilidad para el Arrendatario.  Reconocimiento y medición inicial:

Los arrendatarios están obligados a reconocer inicialmente un activo por derecho de uso y un pasivo por arrendamiento.  El pasivo por arrendamiento se mide al valor presente de los pagos por el arrendamiento que se efectuarán durante el plazo del contrato.  El activo por el derecho de uso comprende, de ser aplicable: el importe inicial del pasivo por arrendamiento, los pagos por arrendamiento realizados antes de la fecha de comienzo menos los incentivos recibidos, costos directos iniciales incurridos, y una estimación de los costos por desmantelar, restaurar y retirar el activo.